¿Me tengo que relacionar con el Ayuntamiento obligatoriamente a través de la Sede Electrónica?
Los ciudadanos, es decir, las personas físicas, pueden elegir la forma de relacionarse con el Ayuntamiento; bien de manera tradicional (presencial) o a través de la Sede Electrónica (telemática). Con independencia de la forma escogida, el procedimiento administrativo será el mismo y sus derechos no se verán menoscabados por la opción elegida. No obstante, los sujetos comprendidos en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015 tienen la obligación de relacionarse electrónicamente con el Ayuntamiento a través de la Sede.
¿Cómo accedo a la Sede Electrónica del Ayuntamiento?
Cualquier persona (física o jurídica) puede acceder a la Sede a través de este enlace que abrirá una ventana nueva.
La dirección oficial es: https://chozasdecanales.sedelectronica.es ¿Qué servicios y ventajas me ofrece relacionarme electrónicamente con el Ayuntamiento?
Al relacionarte electrónicamente con el Ayuntamiento la principal ventaja es que no tendrás que esperar a que sea un día laborable y a que el Ayuntamiento esté abierto para poder presentar tu solicitud. Puedes hacerlo en cualquier momento del día, todos los días del año y desde cualquier sitio que tenga acceso a la red Internet. Desde la Sede Electrónica podrás:
| Cuál es el primer paso para relacionarme a través de la Sede Electrónica.
Lo primero que debemos hacer es acceder a la propia Sede Electrónica en la dirección que hemos señalado. Una vez que hayas accedido a ella, dependiendo de cual sea tú necesidad (iniciar un procedimiento, acceder al buzón electrónico, ver tus expedientes, etc.) tendrás que hacer clic en las opciones que ofrecen los diferentes menús. Recuerda que en "Mis datos" podrás cambiar la forma de recibir las notificaciones (en papel o electrónica) en cualquier momento.
Una cuestión fundamental para usar la Sede Electrónica es que puedas identificarte electrónicamente.
Cualquier opción seleccionada de la "Carpeta Electrónica" nos conducirá a la pantalla de "Identificación Electrónica". Y en ella tendremos que identificarnos electrónicamente ante la Sede, igual que ocurre cuando nos relacionamos físicamente, que tenemos que mostrar nuestro DNI. Y lo mismo ocurrirá cuando naveguemos por el Catálogo de Trámites Administrativos hasta que encontremos el procedimiento que deseamos iniciar con el Ayuntamiento. Cuando hagamos "clic" en la opción tramitar electrónicamente, la Sede nos pedirá que nos identifiquemos también electrónicamente. Y eso lo haremos a través de nuestro DNI electrónico (cuya clave debe estar activada), de un certificado electrónico emitido por alguna empresa certificadora de confianza, o mediante la opción de claves concertadas. En cualquier caso, si no dispones de identidad electrónica, no podrás relacionarte a través de la Sede y tendrás que seguir los pasos que señala El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas en el enlace al que nos ha redirigido la propia la Sede. |