Reclutamiento y reemplazo del ejército en 1922
Hace tan sólo 100 años, un 1 de Enero de 1922, con el comienzo del año nuevo y todas las esperanzas e ilusiones puestas en los siguientes 364 días, nuestro municipio amanecía como el resto de los municipios de la geografía española, con la publicación de un Bando en el que el Alcalde, Don Pedro Casarrubios Soto, hacía saber: “Que conforme a lo que dispone el artículo 28 de la vigente Ley de Reclutamiento y Reemplazo del Ejército, se recuerda a todos los españoles, que al cumplir la edad de veinte años están obligados a solicitar su inscripción en el alistamiento para el reemplazo del Ejército…” El Servicio Militar, la célebre Mili, y con ella, los famosos Quintos. Una oportunidad y una experiencia entrañable para unos; bien un mero trámite obligatorio para todos los varones de 21 años; e incluso para otros, un rito de iniciación en el que los niños pasaban a ser “verdaderos hombres” al servicio de la Patria. Fuera como fuese, tal y como indicaba el artículo 1 de la Ley de Reclutamiento y Reemplazo del Ejército de 1912, el Servicio Militar era obligatorio para todos los españoles con aptitud para manejar armas. Y los Municipios y sus respectivos Ayuntamientos, los encargados y responsables de llevar a cabo todas las operaciones del alistamiento. Por este motivo los expedientes anuales para el reclutamiento y reemplazo del ejército se conservan en nuestro Archivo Municipal. El Expediente de Quintas comenzaba a formarse con la providencia del Sr. Alcalde ordenando la elaboración y la posterior publicación del citado Bando. Pero en realidad, el procedimiento para para confeccionar la lista de los mozos que iban a ser alistados comenzaba en los meses de Agosto y Septiembre del año anterior cuando los Alcaldes solicitaban a los párrocos la relación de mozos inscritos en sus parroquias que contasen con la edad de ser alistados, es decir, en este caso, los que cumpliesen los 21 años dentro del año 1922 y, al mismo tiempo, los Jueces Municipales remitían a los Ayuntamientos y a las Comisiones Mixtas de Reclutamiento otra relación de mozos con la edad señalada que obtenía de los libros registro que tenía a su cargo. A estas labores, además, había que sumar las comprobaciones que se hacían en el padrón municipal de habitantes. Nueve fueron los Quintos de Chozas de Canales de 1922:
Todos nuestros quintos eran naturales de Chozas de Canales, y contaban en esos momentos con 20 años de edad, habiendo nacido entre los meses de marzo y septiembre de 1901. Cada uno de ellos tenía un número de orden dependiendo de su fecha de nacimiento, de modo que Mariano era el mayor del grupo habiendo nacido el 25 de marzo, y el menor del grupo, Damián Prieto, del 27 de septiembre. En el Acta de Alistamiento se recoge que dos de ellos, Antonio Jimeno y Pablo Agudo, en el momento de la inscripción ya no residían en la localidad sino en los municipios de Bargas y Lominchar respectivamente. Su presencia en el alistamiento es consecuencia de lo señalado en el punto 5 del artículo 34 de Ley de Reclutamiento que obligaba a alistar a los naturales del Municipio dejando para la posterior rectificación su posible exclusión si estos habían sido inscritos en esos municipios. El resto de los mozos sí residían en Chozas de Canales y quedaban inscritos en el alistamiento obedeciendo de este modo al punto 1 del citado artículo, en el que se establecía que fuesen alistados los mozos cuyo padre y en caso de su falta, la madre, hubiese tenido su residencia durante todo el año anterior al de la fecha de la publicación del bando del alistamiento en el municipio en el que residía. El Acta de Alistamiento lo firmaron el Alcalde, Pedro Casarrubios, y los concejales, Mario García, Lucio González, Ginés García, Alfredo Rodríguez, Basilio Rodríguez y Tomás García. El Secretario, Ricardo Fernández de Santos dio fe de ello. De esa manera quedaba listo para ser expuesto al público durante los siguientes ocho días para las posibles reclamaciones, al tiempo que se convocaba por medio de edictos y citaciones personales a los mozos y a sus padres para el acto de rectificación del alistamiento el último domingo del mes de enero. | Tal y como estaba programado, el 29 de enero de 1922 a las 9 de la mañana tuvo lugar la rectificación del alistamiento. Antonio Jimeno y Pablo Agudo finalmente quedaron excluidos porque vivían en de Bargas y en Lominchar y habían sido inscritos allí. Por lo demás, no hubo reclamación por ninguna de las partes; así que el Acta de Rectificación quedó concluida y se emplazó a los interesados al primer domingo del mes de febrero para firmar el Acta de Rectificación Definitiva y Cierre del Alistamiento. Siete fueron los mozos que debían acudir al sorteo. Nos podemos imaginar a Mariano, Francisco, Laureano, Ángel, Roque, Fidel y Damián, junto a sus más allegados y el resto de los vecinos que quisieron asistir, acudiendo al Ayuntamiento para proceder al sorteo el tercer domingo del mes de febrero, día 19, a las 7 de la mañana. Primero se leía el alistamiento rectificado y se apuntaba el nombre de los mozos en unas papeletas, al tiempo que, a igual número de papeletas, se escribía con letras tantos números como mozos existían. Las papeletas se introducían en bolas y éstas a su vez en dos globos, en los que uno contenía los nombres y el otro los números. Llegados a ese momento, entraban en acción dos niños menores de 10 años que eran los encargados de sacar las bolas. Uno de ellos sacaba la bola de los nombres que se la daba al Presidente. Posteriormente, el otro extraía una bola de los números y se la daba al Síndico que había asistido al acto. De este modo se asignaba un número a los mozos. A Damián le correspondió el número uno; Fidel, el dos; Ángel, el tres; Mariano, el cuatro; Francisco, el cinco; Roque, el seis; y Laureano, el siete, números que se conservaban hasta el final del servicio militar. Sabemos que todos los mozos cumplieron con su deber de inscribirse en el alistamiento, pues si alguno de ellos no lo hubiese solicitado, directamente hubiese ocupado el primer número. El Acta del Sorteo firmado por el Alcalde, los Concejales y el Secretario, se mandaba dentro de los 3 días siguientes a la Comisión Mixta de Reclutamiento. Pero el proceso no terminaba ahí. Ahora era el momento de ver cuáles de los mozos eran válidos. Cada uno de ellos tenía que pasar por manos de un médico y un tallador encargados de encontrar en los jóvenes algún tipo de anomalía que no les hiciesen aptos para cumplir con el servicio militar. Muchas eran las patologías que te libraban de la mili, pudiendo ser de tipo permanente, por lo que serían excluidos totalmente, o de exclusión temporal por ser patologías con posible curación. Podían del mismo modo ser excluidos por tener una talla que no superase un metro y 500 milímetros, tener un peso inferior a 48 kilogramos, o cuando el perímetro torácico era menor a 75 centímetros. Dos de nuestros mozos fueros excluidos por motivos relacionados con la visión, aunque finalmente la Comisión Mixta de Reclutamiento concretó una exclusión temporal para uno de ellos. La historia de nuestros mozos se nos queda aquí. No sabemos cuál fue el destino que les deparó su suerte, pues el Expediente de Quintas de 1922 termina con los reconocimientos médicos de nuestros chicos. Lo que sí sabemos es que durante los próximos 18 años estos jóvenes estarían ligados de una manera u otra al servicio militar. La Mili y los Quintos ya forman parte de la historia, de la tradición y de la vida personal de todos aquellos que fueron llamados a filas y de sus familias. Los más jóvenes han corrido otra suerte pues el Real Decreto de 247/2001 de 9 de marzo, ponía fin a dos siglos del servicio militar obligatorio. Pero desde el Archivo Municipal queremos hacer un guiño a todos esos varones que tuvieron que pasar por esta obligación, y acercar una parte de la historia que se conserva en nuestras instalaciones, a los más jóvenes para hacerles conocedores de las experiencias por las que pasaron sus abuelos, bisabuelos, tatarabuelos…, al tiempo que, a los nacidos entre el 1 de enero y 31 de diciembre de 2001, les decimos para que no se pierda: “Chicos y chicas (¿por qué no?), nacidos en el 2001, sois los Quintos del 2022”.
NotasEste texto ha sido elaborado a partir del manejo de tres fuentes que señalamos a continuación. Para evitar continuas alusiones al articulado de las normas, así como llamadas desde el texto al campo de notas, podéis acceder a las mismas a texto completo desde sus enlaces en las imágenes y en la dirección URL del Reglamento: - Archivo Municipal de Chozas de Canales (=AMCHC), Expediente para el reclutamiento y reemplazo del ejército de 1922. - Ley de Reclutamiento y Reemplazo del Ejército conforme a la Ley de Bases de 29 de junio de 1911. Diario Oficial del Ministerio de la Guerra, Tomo I, número 15, de 20 de Enero de 1912. [La copia digital que ofrecemos está en línea y pertenece a la Biblioteca Virtual de Defensa. [Consulta: 13-12-2021]. - Reglamentos e Instrucciones para la aplicación de la Ley de Reclutamiento y Reemplazo del Ejército de 27 de Febrero de 1912 y el cuadro de inutilidades anexo a la misma. [En línea: https://drive.google.com/file/d/0B27DzfbcyPNBSjBWTnF3OFdmWHc/view?resourcekey=0-N_oVh3E3-kEYZsB9SvkRlA [Consulta 13-12-2021]. |
Mª Consuelo Sánchez García.