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 BREXIT
Una cuenta de material escolar

Hora de rendir cuentas de la inversión en mantenimiento y menaje escolar...


 

    Esa era una de las tareas que debían realizar los maestros de las Escuelas de Primera Enseñanza todos los meses tal y como establecía la Disposición 5º de la Real Orden de 15 de diciembre de 1857. Y cumpliendo con lo establecido, fue lo que se dispuso a hacer D. Nicanor, maestro de la Escuela de niños de nuestro municipio. Bien es cierto que esta cuenta no se refiere a un mes como indicaba la Real Orden señalada, sino que es una cuenta anual correspondiente al año 1859. El porqué D. Nicanor realizó una cuenta anual y no mensual, tal vez se debiese a que, si bien los niños debían hacer sus deberes diariamente, quizá el maestro no los llevaba al día y desde la Junta de Instrucción se los pidieron, pues tenemos constancia que años más tarde así ocurrió, o simplemente quiso cerrar el año 1859, o bien, la cuenta mensual no nos ha llegado, pero en esa historia ya profundizaremos en otro momento. Lo que sí está claro, es que gracias a este documento podemos tener un pequeño retrato de esa Escuela de niños, con aspectos que hoy nos pueden llamar la atención.

    En este siglo XIX, los Ayuntamientos eran las entidades competentes del mantenimiento de las Escuelas Municipales, primero de niños, y a partir

de la llamada Ley Moyano de 1857, también de niñas, ya que a partir de la misma, la enseñanza elemental se establece como obligatoria para todos los españoles desde los 6 a los 9 años. 

    Como competencia de los Ayuntamientos, los gastos de la Escuela debían estar incluidos dentro de los presupuestos municipales, de ahí que los maestros estuviesen también obligados a elaborar el presupuesto de la Escuela y remitirlo al Ayuntamiento para que fuese tenido en cuenta en los Presupuestos anuales.  

    En este caso no estamos ante los presupuestos de la Escuela, sino ante una rendición de los gastos que tuvieron lugar en 1859. Se trata de la copia de la Cuenta o razón de la inversión de 629 reales destinados al local y al menaje de la Escuela realizada el de 2 noviembre de 1860. 

    Suponemos que estamos ante la copia autorizada por la Junta Local que se mandaba a la Instrucción Pública de la provincia como estaba establecido en la Disposición 5º de la Real Orden del 15 de diciembre de 1857.    

Hoja de un cuaderno de papel pautado usado para ejercicios de caligrafíaHoja de un cuaderno de papel pautado usado para ejercicios de caligrafía

 

    La cuantía presupuestaria destinada a la Escuela, debía emplearse a su mantenimiento y menaje. Y eso es lo que nos cuenta este documento. Gracias a él podemos saber que en el año 1859 se tuvo que cambiar la reja de la ventana de la Escuela; que las vidrieras del local estaban rotas y tuvieron que sustituirse; que el reloj necesitó mantenimiento; que se adecentó el local con yeso blanco y negro, y que D. Nicanor junto a otros peones, durante 3 días y una siesta estuvieron realizando esas labores; que se adquirieron 3 bancos; y que nuestro maestro tuvo que desplazarse para comprar el material de la escuela, por lo que también cobró sus honorarios. 

    Entre el material adquirido para el desarrollo de la actividad docente, no encontramos bolis, cuadernos, libros o tablets. D. Nicanor compró silabarios, seguramente para aquellos niños que estaban aprendiendo a leer pues recordemos que eran niños con edades comprendidas entre los 6 y 9 años generalmente; papel pautado, es decir con líneas para las primeras letras; papel; plumas e ingredientes para tinta; libros de fábulas, libros de Martínez de la Rosa y catecismos, enseñanzas esenciales para primero de enseñanza elemental como establecía la llamada Ley Moyano de 1857 (Ley de 9 de septiembre de 1857 de Instrucción Pública). 

    Como hemos señalado anteriormente, un documento tan pequeño pero con un gran valor, pues nos recrea una escena y una realidad de mediados del siglo XIX tan distinta a la de hoy, con datos que nos sorprenden por no se habituales en nuestra actualidad, pero que nos acercan a nuestra historia y a los cimientos de lo que es hoy nuestro sistema educativo. 

RESEÑAS


- Real Orden de 15 de Diciembre de 1857. Gaceta de Madrid núm. 1807, de 16 de Diciembre de 1857.

- Ley de Instrucción Pública de 9 Septiembre de 1857. Gaceta de Madrid núm. 1710, de 10 de Septiembre de 1857.


 

  


Mª Consuelo Sánchez García

 


 

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