La versión de su navegador no está debidamente actualizada. Le recomendamos actualizarla a la versión más reciente.
 BREXIT
Fondo Hermandad Sindical

Fondo documental de la Hermandad Sindical del Campo de Chozas de Canales


       

 

 


Sobre las Hermandades Sindicales (1941-1977)


Las Hermandades Sindicales de Labradores y Ganaderos surgieron como tales en la década de los años cuarenta del siglo pasado. No obstante, el asociacionismo agrario  llevaba presente en el campo español desde finales del siglo XIX, primero en forma de Cámaras Agrícolas (1890-1919) y  después de Cámaras Oficiales Agrícolas (1919-1941). 

La victoria del ejército rebelde en 1939 y el posterior régimen franquista trajo consigo un modelo estructural y organizativo de corte dictatorial y centralista que, evidente, no dejó al margen al mundo agrario que rápidamente se vio absorbido en el denominado sindicalismo vertical. La Ley de 2 de septiembre de 1941 derogó la Ley de Sindicatos Agrícolas de 1906 y ordenó la integración de todas las asociaciones agrícolas en el recién creado Sindicato Vertical que, siguiendo el modelo jerárquico oficial, organizó las asociaciones agrarias según las divisiones territoriales del Estado (municipio, provincia y nación). Nacieron así las Hermandades Sindicales de Labradores y Ganaderos de ámbito local que a su vez se integraban en la Red Sindical Local, las Hermandades Sindicales Provinciales y, algo más tarde, en 1944, aparecería el Consejo Superior de Cámaras de carácter nacional.

Dado que su creación era obligatoria en todos los municipios, el número de Hermandades Sindicales pronto superó las 8.000 haciendo necesaria la creación de un reglamento interno que se materializaría en la Orden de 23 de mayo de 1945 por la que se establecieron las normas que habrían de regir su estructura interna y su funcionamiento. Según esta norma, los organismos que integraban las Hermandades eran, entre otros, las Cooperativas del Campo, los Grupos Sindicales de Colonización, los Sindicatos de Policía 

 Rural, las Comunidades de Regantes, etc. Su miembros eran familias campesinas, empresas agrícolas y productores independientes. 

Por lo que se refiere a su estructura y organización interna, contaban con una Asamblea Plenaria, un Jefe de la Hermandad o Prohombre, un Cabildo Sindical, un Secretario-Contador, Secciones, Tribunal Jurado y Juntas directivas de los organismos que las integraban. Sus funciones eran de carácter social, económico, asistencial, asesoramiento y colaboración con el Estado en materia agraria. Y los servicios mínimos obligatorios que prestaban eran la colocación obrera, estadística, gestión asistencial de sus miembros, explotación económica y policía rural. 

En 1962 se crearía la Hermandad Nacional de Labradores y Ganaderos que integraría a todas las Hermandades Sindicales de ámbito local.

El epílogo de las Hermandades Sindicales llegaría a finales de la década de los setenta. La llegada de la democracia trajo consigo un cambio radical en la organización del asociacionismo agrario español. Y La prueba más evidente fue la recuperación de la libertad sindical lo que supuso la derogación por completo de la estructura sindical vertical anterior y la desaparición de las Hermandades Sindicales. En esta nueva etapa, los intereses del campo serán defendidos por las Cámaras Agrarias Locales.

El fondo documental de la Hermandad Sindical del Campo de Chozas de Canales


 

1. ÁREA DE IDENTIFICACIÓN
1.1. Código de Referencia: ES.45056. AMCHC/01.03
1.2. Título: Hermandad Sindical del Campo de Chozas de Canales
1.3. Fechas: [f] 1941-1977
1.4. Nivel de descripción: Fondo
1.5. Volumen y soporte: 40 cajas
 
2. ÁREA DE CONTEXTO
2.1. Nombre  del Productor: Hermandad Sindical del Campo de Chozas de Canales (Toledo)
2.3. Historia Archivística: El fondo ha permanecido en el local de la Hermandad hasta su recuperación y traslado al depósito del Archivo Municipal en el año 2018. 
2.4. Forma de ingreso: Extraordinaria. Fondo abandonado.
 
3. ÁREA DE CONTENIDO Y ESTRUCTURA
3.1. Alcance y contenido: El fondo no ha recibido tratamiento archivístico.
3.3. Nuevos ingresos: Fondo cerrado.
3.4. Organización: Los documentos que componen el fondo mantienen su organización original.

 

4. ÁREA DE CONDICIONES DE ACCESO
4.1. Condiciones de acceso: Restringido.
 
6. ÁREA DE NOTAS
El fondo de la Hermandad Sindical no se haya diferenciado ni física ni descriptivamente del fondo de su institución sucesora, la Cámara Agraria Local que, según el art. 25 de la Ley 19/2002, de 24 de octubre, de Archivos Públicos de Castilla-La Mancha, debería conservarse en el Archivo Histórico Provincial de Toledo.
 
7. ÁREA DE CONTROL DE LA DESCRIPCIÓN
7.1. Normas: ISAD (G) 2ª ed., 2000; NEDA 1ª versión, 2006.
7.3. Fecha: 2020-05-25.
 

Directiva de cookies

Este sitio utiliza cookies para el almacenamiento de información en su equipo.

¿Lo acepta?